ADMINISTRACIÓN 2022 – 2024
No se tiene registro alguno de haber realizado expropiaciones por utilidad pública, ya que como lo establece el artículo 50, fracción XIV de la Constitución Política del Estado de Jalisco, las expropiaciones son una facultad exclusiva del Gobernador del Estado de Jalisco, razón por la cual no se ha generado la información correspondiente a este apartado. Lo expuesto en evidente del oficio remitido por la Secretaría del Ayuntamiento, consultable aquí:
Oficios de la Secretaría del Ayuntamiento - Administración 2022 2024
La inexistencia de expropiaciones se puede constatar en las actas del Ayuntamiento, mismas que pueden ser consultadas aquí