Estimado ciudadano, este sujeto Obligado no cuenta con programas regionales, por lo que el Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque se vale de los Planes Regionales de Desarrollo existentes en el Poder Ejecutivo del Estado en las tres Dimensiones que lo involucran en el Plan Estatal de Desarrollo 2013-2033, lo anterior en atención a lo establecido en el artículo 25, fracción XXVI del Reglamento del Gobierno y de la Administración Pública del Ayuntamiento de San Pero Tlaquepaque.
En la Ley de Planeación para el Estado de Jalisco y sus Municipios se establece que la planeación para el desarrollo del estado estará orientada por el principio de regionalización como una estrategia encauzada al desarrollo equilibrado de las regiones. En ese sentido, los Planes para el Desarrollo Regional son los instrumentos de planeación en los que se establecen las prioridades que serán atendidas en cada una de las regiones del Estado de Jalisco.
Aquí puede consultar el decreto de la nueva regionalización.
En el marco del Capítulo Quinto de la Ley señalada, y conforme al decreto de la nueva regionalización de Jalisco, se ponen a disposición los Planes Regionales de Desarrollo:
El nombre y objetivos que persigue, se podrán consultar dentro del documento.
El Municipio de San Pedro Tlaquepaque integra junto con Guadalajara, Ixtlahuacán de los Membrillos, Juanacatlán, El Salto, Tlajomulco de Zúñiga, Tonalá, Zapopan y Zapotlanejo, el Área Metropolitana de Guadalajara, cuya delimitación geográfica y administrativa se determina en el Decreto Vigente 23987/LIX/12 emitido por el Congreso del Estado.
En este entendido, los municipios en unión con el Gobierno del Estado de Jalisco, suscribieron el 14 de marzo de 2014 el Convenio de Coordinación Metropolitana, e integran el régimen de Coordinación Metropolitana Interna, establecido en el artículo 94 bis de la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y sus Municipios, en consonancia con los artículos 115,116 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto de las atribuciones y facultades municipales, así como de las competencias residuales del Gobierno del Estado y 81, 81 bis y 87 de la Constitución de Jalisco.
En esta razón el Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque, atiende en la formulación y observancia de los Instrumentos de Planeación Metropolitana en todos aquellos servicios y funciones públicas municipales y facultades concurrentes que se acuerden como materias de coordinación metropolitana;